*La iniciativa tiene por objeto establecer que, en la celebración de las transacciones efectuadas, a través del uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, entre proveedores y consumidores

Ciudad de México / El Heraldo.- En súper fast track, con 438 votos a favor cero en contra y cero abstenciones, el pleno de la Cámara de Diputados avaló una propuesta del presidente de la Junta de Coordinación Política, Ricardo Monreal, que adiciona las fracciones VIII y IX al artículo 76 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de cancelación de suscripciones y membresías con cobro recurrente.
La iniciativa tiene por objeto establecer que, en la celebración de las transacciones efectuadas, a través del uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, entre proveedores y consumidores, se cumpla con que el proveedor informe de forma clara, destacada y accesible si el servicio contratado implica cobros automáticos recurrentes, su periodicidad, monto y fecha de cobro; que cualquier cobro requerirá consentimiento expreso e informado de la persona consumidora.
Los cambios legislativos también implican que, en los casos en los que, de acuerdo al contrato proceda la renovación automática del servicio, se deberá notificar al menos con cinco días naturales de anticipación la renovación automática del servicio, permitiendo su cancelación sin penalización; y, que el proveedor deberá implementar mecanismos que, sin contravenir a las disposiciones contractuales, permita a la persona consumidora cancelar el servicio, suscripción o membresía de manera inmediata.

